Nombre de la norma
Los aparatos operados con baterías y los aparatos alimentados con corriente directa, se encuentran dentro del alcance de esta Norma Mexicana. Los aparatos de suministro dual, ya sean que se alimentan por medio de la red eléctrica o por baterías, se consideran aparatos operados por baterías cuando operan en modo de batería.
Esta Norma Mexicana especifica los requisitos de seguridad para aspiradoras y para aparatos de limpieza de succión de agua eléctricos de uso doméstico y propósitos similares, inclusive para aspiradoras para acicalar animales si su tensión asignada no es mayor que 250 V. También aplica a aspiradoras con unidad central de aspiración y aspiradoras automáticas que utilizan baterías.
Esta Norma Mexicana también aplica a cabezales motorizados para limpieza y conductores de corriente integrados en mangueras flexibles, que se utilizan con una aspiradora particular.
Los aparatos que no se destinan para uso doméstico normal, pero que pueden ser una fuente de peligro para el público, por ejemplo, los aparatos que pueden utilizarse por personas en talleres, tiendas, almacén y otros lugares para propósitos de limpieza doméstica, están dentro del campo de aplicación de esta Norma Mexicana.
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